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Litigios contra la discriminación
Instituto de EducaciÓn Física N°1
Dr. Enrique Romero Brest
Condenan al Gobierno de la ciudad en un amparo por discriminación.
La juez Graciela Beatriz Dalmas, titular del Juzgado Contravencional N° 4 del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar a un amparo y condenó al Gobierno de la Ciudad “a que cese de inmediato en la práctica de ofrecer menor vacantes para mujeres que para hombres en las carreras de ´profesor/a´ y ´maestro/a´ de Educación Física del Instituto de Educación Física N°1 Dr. Enrique Romero Brest...condenando a la accionada a que en los futuros llamados a examen asegure una igual cantidad de plazas para ser cubiertas para varones como para mujeres...y publique en los medios de comunicación de esta Ciudad y del Gran Buenos Aires, la modificación de su política de ingreso”.
La Fundación de Mujeres en Igualdad, con la asistencia jurídica de la Clínica Jurídica de la Universidad de Palermo interpuso una acción de amparo en la que denunció una práctica discriminatoria contra las mujeres en el Instituto de Educación Física N° 1, “Dr. Enrique Romero Brest”, dependiente de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El Instituto asigna un 15% más de vacantes para hombres que para mujeres para que puedan graduarse de profesor o maestro de educación física. Así, asigna 90 vacantes para mujeres y 60 para hombres a la mañana, 90 para hombres y 60 para mujeres a la tarde y 60 vacantes para varones y 30 para mujeres, a la noche. Es decir, ofrece, en total, 210 vacantes para hombres y 180 para mujeres. Este año las inscripciones comienzan el 13 de noviembre y deberán ajustarse a lo dispuesto por la magistrado; es decir, deberá haber la misma cantidad de vacantes para hombres y mujeres en el turno de la noche.
La sentencia establece, entre otras cosas, que “el déficit en los derechos de las mujeres aspirantes a las carreras docentes que ofrece el Instituto está dado por el rol estereotipado al que reducen la oferta de asignaturas en el plan de estudios, destinando a aquellas solamente las actividades deportivas consideradas tradicionales para las mujeres”.
“...Es difícil imaginar que a principios del siglo XX una mujer se atreviera a dictar clases de gimnasia en un ambiente académico poblado de hombres. A un siglo de ello aún es necesario declarar que no hay actividades de hombres y de mujeres. El encasillamento habita en las anquilosadas estructuras que aún no han receptado la reforma constitucional de 1994 y el nuevo estatuto local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...”.
La juez cita el voto del Ministro Petracchi en el fallo de la Corte Suprema del Colegio Monserrat de Córdoba, en el que dice que “quienes intenten defender una acción gubernamental que impone categorías, clasificaciones o exclusiones basadas en sexo, deben demostrar una ´justificación´ (de dicha acción) sumamente persuasiva. Los actos gubernamentales (federales o estaduales) no son compatibles con la ´Equal Protection Clause´ cuando una ley o una política oficial niega a la mujer, un rango de plena ciudadanía, es decir la oportunidad ˆigual a la del hombre- para participar y contribuir al desarrollo social de acuerdo a sus talentos y capacidades...”.
Para más información contactarse con la Clínica Jurídica de la Universidad de Palermo -Dr. Martín Bohmer, Decano de la Facultad de Derecho, Dres. Mariela Puga, Gustavo Maurino, Ezequiel Nino, o Virginia Menendez): tel 4963-1178 , internos 1207 y 1214.
Si conoce de otros casos de interés público que podrían circular por la
Red, por favor, envíe la información a red.dip@palermo.edu.ar
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